Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Apelaciones de Santiago acogió la demanda presentada por la empresa Microsoft Corporation en contra de sociedad por el uso no autorizado de 128 programas computacionales.

El Tribunal de alzada revocó la sentencia impugnada, dictada por el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, que había rechazado la demanda.

Por Redacción·14 de octubre de 2020·4 min de lectura
Imagen: elceo.com
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la demanda presentada por la empresa Microsoft Corporation en contra de la sociedad Comercial Artilec Ltda., por el uso no autorizado de 128 programas computacionales.

La sentencia indica que de esta forma, se ha verificado la infracción de parte de la demandada de las normas que preceden, por cuanto en la respectiva etapa probatoria no acreditó idóneamente que los referidos programas o softwares le hubieran sido cedidos de parte de la actora y consecuentemente contare con las debidas licencias, su eventual fecha de otorgamiento y si se encontraban vigentes al momento en que se materializó por parte del receptor judicial -ministro de fe- la medida prejudicial probatoria antes indicada, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, en relación con lo previsto en el artículo 427 del Código de Procedimiento Civil, a saber: ‘Sin perjuicio de las demás circunstancias que, en concepto del tribunal o por disposición de la ley, deban estimarse como base de una presunción, se reputarán como verdaderos los hechos certificados en el proceso por un ministro de fe, a virtud de orden de tribunal competente, salvo prueba en contrario’.

«Una vez sentado lo anterior, queda en evidencia que se probó la infracción a las disposiciones de la Ley N° 17.366 y consecuentemente con ello, los perjuicios en la forma en que se indicará», añade.

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