En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 2.000 UTM aplicada por la SEC a la CGE por mantenimientos deficientes de subestación Fátima que dejaron sin abastecimiento a más de ocho mil clientes
El Tribunal de alzada rechazó el reclamo de ilegalidad deducido por CGE, tras establecer que la multa impuesta resulta proporcionada a la falta cometida.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 2.000 UTM aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la Compañía General de Electricidad S.A., (CGE) por mantenimientos deficientes de la subestación Fátima, ubicada en la comuna de Paine, que dejaron sin abastecimiento a más de ocho mil clientes, en febrero de 2018.
La sentencia indica que, conforme a los antecedentes de autos lo reprochado no es una falta de mantenimiento, sino se trata mantenimientos deficientes, acá lo que hubo es que uno de los tres enrollados de tres transformadores estaba mal calibrado, y se produjo así la desconexión, y por ello se determinó que se había incurrido en infracción según la reclamante sería un hecho fortuito pero resulta evidente que en un mantenimiento debido y regular debía calibrarse, así la mantención falló y ello es de responsabilidad de la empresa, lo que ocasionó que por más de 45 minutos, se mantuviera sin energía eléctrica a 8053 clientes.
La resolución agrega que, de lo que se viene colacionando, aparece que la infracción está reconocida en el procedimiento administrativo, y que ello en verdad, no aparece cuestionado en el presente Reclamo de Ilegalidad, en que solo aparece discutido, el quantum de la multa impuesta.
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