Recurso de protección acogido.
Corte de Apelaciones de Santiago ordena a universidad entregar certificado de título a licenciada en sicología.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario y discriminatorio del plantel al condicionar la entrega del documento al pago de deuda.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Universidad Central y le dio plazo de tres días para entregar a la recurrente, certificado de título profesional.
El fallo señala que, por existir un contrato de prestación de servicios educacionales, del cual emanan derechos y obligaciones para ambas partes, la forma legal de solicitar el cumplimiento de aquéllas que se estiman incumplidas es a través de las acciones jurisdiccionales correspondientes, resultando ilegítimo utilizar cualquier medio de presión para obtener el pago.
La resolución agrega que los razonamientos conducen a estimar injustificada y carente de razón lógica la actitud de la recurrida, y por lo tanto arbitraria, puesto que discrimina al actor al privarlo de la documentación que necesita y a la que otros ex alumnos en su misma situación pueden acceder, lo que de este modo vulnera la garantía contenida en el numeral 2° del artículo 19 de la Carta Fundamental.
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