Recurso de protección acogido.
Universidad de Concepción debe reingresar a becado a primer año en la especialidad de oftalmología.
El máximo Tribunal estima que la recurrida no tuvo en consideración las circunstancias que afectaron al personal médico de primera línea, e impuso arbitrariamente exigencias académicas excesivas.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que rechazó el recurso de protección interpuesto por un estudiante de la especialidad de oftalmología, en contra de la Universidad de Concepción, por las irregularidades efectuadas en la dictación y evaluación del primer año de especialidad.
En su libelo, el recurrente indica que en agosto del año 2019 obtuvo del Ministerio de Salud la beca para estudiar la especialidad de oftalmología, ingresando a la Universidad de Concepción. El programa de tres años de duración, se imparte de forma presencial para los becados de Santiago en las dependencias de la Sociedad Chilena de Oftalmología, y por medio de transmisión mediante plataformas de streaming para los becados de Temuco, Valparaíso y Concepción. Con ocasión de la emergencia sanitaria, algunos módulos no se llevaron a cabo, no existiendo evaluaciones para los becados durante gran parte del año 2020, por instrucción del Curso de Formación de Perfeccionamiento Oftalmológico.
No obstante, en septiembre del 2020, la recurrida comunica que realizará un examen global, único, y con carácter reprobatorio durante el mes de octubre. En tal examen obtuvo nota 4,0 siendo reprobado. De manera imprevista, meses después, anunció la realización de otro examen que reemplazaría el primero, en el cual obtuvo nota 4,2 reprobando nuevamente, siendo expulsado del programa.
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