Multa por 52 UTM.
Corte de La Serena confirma multa a Servicio Local de Educación por maltrato a que sometió profesora a alumna de 8 años en colegio de Coquimbo.
El Tribunal de alzada desestimó los argumentos de la recurrente por considerar que incurrió en trasgresiones a la normativa que le impone el ser la sostenedora del establecimiento educacional.

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el reclamo presentado por el Servicio Local de Educación Pública Puerto Cordillera en contra de la Superintendencia de Educación, que le aplicó una multa por 52 UTM, en diciembre de 2019, por su responsabilidad en el maltrato a que sometió profesora a alumna de 8 años, en colegio de la comuna de Coquimbo.
Según expone en su informe la Superintendencia reclamada –lo que se puede corroborar en los expedientes acompañados señala el fallo– los hechos surgieron a raíz de la denuncia realizada por una apoderada, señalando que la profesora obliga a tirones a su hija, apretándola del brazo para que bailase en un show organizado para fiestas patrias, hecho que se habría generado en el mes de agosto de 2019, debido a que la alumna no quería bailar porque se le obligaba a usar falda y moño en su pelo, el cual lo tendría corto (fs.410). Esto motivó su enfrentamiento en la reunión de apoderados del 6 de agosto.
La resolución agrega que se pudo establecer que los roces entre la apoderada y la docente se estaban generando desde abril de 2019, cuando la apoderada habría realizado su primera denuncia, ya que la profesora habría realizado comentarios discriminatorios contra la forma de vestir de la alumna, porque juega futbol (fs.224 y fs. 428). En el mes de mayo, se habría generado otro problema con el nombre legal de la alumna, quien, tras el matrimonio de su madre adoptó otro apellido, incluyéndolos en las pruebas, pero, siendo amenazada por la profesora que si no escribía su nombre se le restaría un punto de su evaluación (fs.397).
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