Recursos de casación rechazados.
Corte de Rancagua informa ejecución de fallo que condenó a empresa eléctrica a indemnizar a víctimas de incendio.
Cabe destacar que la Ley General de Servicios Eléctricos y la normativa le imponen a la compañía el deber de mantener en buen estado de funcionamiento tanto las líneas del servicio de tendido eléctrico como el lugar o la franja donde este se encuentra emplazado.

El ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua Pedro Caro Romero informó el cumplimiento del fallo, dictado por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, que condenó a la empresa eléctrica CGE Distribución S.A. a indemnizar a los propietarios de predios que resultaron afectados por incendio forestal provocado por la deficiente mantención de las líneas de transmisión y franja de protección del tendido eléctrico. Siniestro registrado en diciembre de 2016, en comuna de Marchigüe.
El pasado 28 de febrero, en fallo unánime, Rol Nº14.247-2021, la Primera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación presentados en contra de la sentencia (Rol Nº1.380-2019) dictada por la Segunda Sala del tribunal de alzada rancagüino que confirmó la de primer grado que acogió la demanda.
«La Corte Suprema rechazó los recursos de casación presentados en contra de una sentencia de esta Corte de Apelaciones que confirmó la decisión del Primer Juzgado de Santa Cruz de acoger la demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra de la empresa CGE Distribución por su responsabilidad en el incendio en El Carrizal, ocurrido entre el 13 y 20 de diciembre de 2016. Esta sentencia estableció la responsabilidad de la compañía eléctrica demandada en los daños provocados a los predios que se encuentran en el sector», sostuvo el ministro Caro Romero.
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