Nulidad laboral acogida
Corte de Santiago confirma multa a BCI por omitir estipendios en cálculo de indemnización por despido de trabajadora
La Corte confirmó la multa de 60 UTM impuesta al Banco de Crédito e Inversiones por no incluir ciertos estipendios en la base de cálculo de indemnizaciones por despido. Señaló que la Inspección tiene facultades legales para interpretar y calificar jurídicamente los hechos que fiscaliza, y que limitar su labor a constatar únicamente infracciones evidentes reduciría la eficacia de la normativa laboral y desprotegería a los trabajadores.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado por la Inspección Provincial del Trabajo Santiago Oriente en contra de la sentencia dictada por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que había acogido el reclamo judicial del Banco de Crédito e Inversiones (BCI) y dejado sin efecto una multa impuesta por la autoridad laboral.
La Inspección del Trabajo impuso una multa de 60 UTM al Banco BCI por no incluir ciertos estipendios en la base de cálculo de las indemnizaciones por despido de una trabajadora. El banco reclamó judicialmente argumentando que la autoridad se extralimitó en sus facultades al calificar jurídicamente los conceptos remuneracionales.
El tribunal laboral acogió el reclamo del banco, considerando que la Inspección del Trabajo no tenía atribuciones para interpretar y calificar jurídicamente los hechos, sino solo para constatar infracciones evidentes.
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