Recurso de nulidad rechazado.
Corte de Santiago confirma multas por más de 100 UTM a empresa minera por accidente que le costó la vida a trabajador subcontratado.
El Tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, que confirmó la resolución de multa dictada por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin).

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad incoado en contra de la sentencia que confirmó las multas por un total de 100,3 UTM aplicadas a la empresa Corporación Nacional del Cobre (Codelco), por su responsabilidad en el accidente que le costó la vida a trabajador subcontratado. Siniestro registrado en la División Radomiro Tomic, en junio de 2020.
El fallo señala que, en especial de los hechos asentados en la sentencia y de las normas citadas por el tribunal para atribuir responsabilidad a la reclamante, no es posible el éxito del recurso de nulidad.
La resolución agrega que, la sentencia sostiene que si bien la empresa subcontratista para quien trabajaba el trabajador debe velar por la seguridad de sus trabajadores e incluso si bien pudo existir culpa del propio operario ello no es suficiente para eximir de responsabilidad a la empresa principal, citando para ello las normas de los artículos en el artículo 66 bis de la ley 16.744 y artículo 3° del D.S. N° 594 de 1999 del Ministerio de Salud.
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