No hay infracción de ley.
Corte de Santiago desestimó recurso de nulidad impetrado contra sentencia que rechazó reclamación judicial de multa.
La interpretación de las leyes laborales y previsionales es inherente a la labor de los Inspectores del Trabajo.

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de nulidad impetrado contra la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la reclamación judicial de multa deducida contra la Inspección del Trabajo.
El fallo indica que la reclamante se alzó de nulidad, invocando la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo y, en subsidio, la del artículo 478 letra c) del mismo cuerpo legal.
En relación a la primera causal, detalla que el libelo impugnatorio expuso que la sentencia recurrida se dictó con infracción de los artículos 23 del D.F.L. N°2 del Ministerio del Trabajo de 1967, 420 letra a) y 505 inciso primero del Código del Trabajo y artículo 7 inciso primero de la Constitución Política.
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