Diario Constitucional

Recurso de derecho estricto.

Corte de Santiago rechazó impugnación deducida contra sentencia que declaró extinta acción de cobro de prestaciones laborales.

El libelo impugnatorio no cumplió con las formalidades previstas en el artículo 480 del Código del Trabajo.

Por Redacción·16 de junio de 2021·2 min de lectura
Corte de Santiago rechazó impugnación de estudiante cuya matrícula fue condicionada al pago de lo adeudado a la casa de estudios.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de nulidad deducido por los demandantes en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, que acogió la excepción de prescripción opuesta por la demandada, respecto de las prestaciones relativas al beneficio de semana corrida.

El fallo indica que el demandante se alzó de nulidad invocando la causal de infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación los artículos 41, 42 y 45, todos del Código del Trabajo.

Expone que la recurrente alegó que el sentenciador incurrió en la infracción de ley al descartar la aplicación del artículo 45 del Código citado, estimando que su procedencia está dada respecto de remuneraciones de devengo diario, no obstante que su exigibilidad pueda ser en otro período de tiempo y que sea principal u ordinaria.

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