Diario Constitucional

Plan Regulador Comunal

Corte de Santiago valida exigencia de autorización SEREMI para ampliar inmueble de conservación histórica

El tribunal desestimó el reclamo de ilegalidad interpuesto por una sociedad inmobiliaria y concluyó que la ampliación proyectada sobre un inmueble catalogado como de conservación histórica requiere autorización previa de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, al tratarse de una intervención que altera sus condiciones externas y se encuentra comprendida dentro del concepto de refacción previsto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Por Redacción·12 de febrero de 2026·3 min de lectura
italianosenchile.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por una sociedad inmobiliaria en contra de la Municipalidad de Santiago, confirmando el Acta de Observaciones N° P-47/2025, de 20 de enero de 2025, dictada por el Director de Obras Municipales, que exigió contar con autorización previa de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo para una ampliación proyectada en un inmueble ubicado en la calle Matucana, catalogado como Inmueble de Conservación Histórica.

La controversia se originó a partir de una solicitud de permiso de edificación presentada por la inmobiliaria para regularizar una ampliación mayor a 100 m² sobre un estacionamiento existente, destinada a oficinas. En el marco de dicha tramitación, la Dirección de Obras Municipales formuló observaciones técnicas, entre ellas la exigencia de acompañar la aprobación de la SEREMI MINVU, por tratarse de un inmueble emplazado en una zona declarada de conservación histórica conforme al Plan Regulador Comunal.

La reclamante sostuvo que la observación impugnada se fundaba en una errónea interpretación del artículo 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, pues, a su juicio, dicha norma solo exige autorización ministerial en casos de demolición o refacción, y no en situaciones de ampliación como la de autos. Alegó, además, que el acta de observaciones configuraba un acto ilegal que afectaba sus derechos, solicitando que se dejara sin efecto la exigencia de autorización previa de la SEREMI.

Por su parte, la Municipalidad de Santiago defendió la legalidad de su actuación, señalando que el inmueble se encuentra expresamente catalogado como Inmueble de Conservación Histórica y que toda intervención que altere sus condiciones patrimoniales, incluida una ampliación adyacente, requiere autorización previa de la autoridad regional. Añadió que el acta impugnada no constituía un acto administrativo terminal, sino un trámite intermedio dentro del procedimiento de otorgamiento del permiso, y que no se había denegado la solicitud, sino condicionado su aprobación al cumplimiento de la normativa urbanística vigente.

Al resolver, la Corte de Santiago estimó que el acta cuestionada no tenía el carácter de acto terminal y que, por ende, no configuraba una resolución susceptible de ser impugnada mediante reclamo de ilegalidad en los términos del artículo 151 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. Asimismo, concluyó que la exigencia de autorización previa de la SEREMI se ajustaba a derecho, pues la ampliación proyectada se encontraba comprendida dentro del concepto de “refacción” previsto en el artículo 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, al alterar las condiciones externas del inmueble protegido.

En particular, el fallo tuvo en cuenta que “los edificios existentes no podrán ser demolidos o refaccionados sin previa autorización de la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo correspondiente”, destacando que la actuación municipal se enmarcó en el deber legal de fiscalizar el cumplimiento de las normas urbanísticas aplicables a inmuebles de conservación histórica.

Asimismo, desestimó los cuestionamientos de ilegalidad, señalando que la observación formulada por la Dirección de Obras Municipales contaba con fundamento legal y técnico suficiente, y que el reclamo carecía de sustento urbanístico para desvirtuar la exigencia impuesta por la autoridad comunal.

En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago rechazó íntegramente el reclamo de ilegalidad deducido en contra de la Municipalidad de Santiago, confirmando el Acta de Observaciones N° P-47/2025, que exige contar con autorización previa de la SEREMI MINVU para la ampliación proyectada en un inmueble de conservación histórica.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N° 222-2025 (Contencioso Administrativo).

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