Con voto en contra.
Corte Suprema acoge casación y rechaza demanda de precario por ocupación de inmueble en Chol Chol.
El máximo Tribunal consideró que hubo error de derecho al acoger la demanda, ya que existe una promesa de compraventa que autoriza la ocupación del lugar.

La Corte Suprema acogió un recurso de casación y rechazó una demanda de precario por la ocupación de un terreno en la comuna de Chol Chol al considerar que existe legitimidad para permanecer en el lugar.
La sentencia sostiene que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil, el precario se configura si concurren los siguientes presupuestos: que el demandante sea dueño del bien cuya restitución procura, que el demandado lo ocupe, que esa ocupación lo sea sin previo contrato, y, por último, que lo sea por ignorancia o mera tolerancia del dueño.
El concepto de ignorancia, en cuanto elemento del instituto del precario, debe ser comprendido como el desconocimiento o falta de noticia de un hecho determinado, en la especie, que el inmueble pretendido es ocupado por una persona; y la mera tolerancia, por su parte, se refiere a una ocupación condescendida, en la cual el dueño asume una actitud permisiva consistente en su beneplácito o anuencia con la tenencia ajena de la cosa que luego trata recuperar, incumbiéndole al demandado demostrar que la ocupación está justificada por un título o contrato y que, por lo tanto, no obedece a ignorancia o a mera tolerancia.
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