Recursos de casación rechazados.
Corte Suprema condena a agentes de la DINA por secuestro calificado de estudiante universitario.
La Segunda Sala confirmó la sentencia que rechazó la media prescripción y que condenó a César Manríquez Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Manuel Andrés Carevic Cubillos y al fallecido Ciro Ernesto Torré Sáez a penas de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito.

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo deducidos en contra de la sentencia que condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del estudiante de Biología Luis Fernando Fuentes Riquelme. Ilícito cometido a partir de septiembre de 1974 y cuyo último paradero fue el cuartel clandestino conocido como “Venda Sexy”, ubicado en la comuna de Macul.
La Segunda Sala confirmó la sentencia que rechazó la media prescripción y que condenó a César Manríquez Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Manuel Andrés Carevic Cubillos y al fallecido Ciro Ernesto Torré Sáez a penas de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito.
El fallo señala que la calificación de delito de lesa humanidad dada al hecho ilícito cometido, obliga a considerar la normativa del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que excluye la aplicación tanto de la prescripción total como de la llamada media prescripción, por entender tales institutos estrechamente vinculados en sus fundamentos y, consecuencialmente, contrarios a las regulaciones de ius cogens provenientes de esa órbita del Derecho Penal Internacional, que rechazan la impunidad y la imposición de penas no proporcionadas a la gravedad intrínseca de los delitos, fundadas en el transcurso del tiempo.
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