Diario Constitucional

Recurso de nulidad acogido.

Portar un papel rectangular de color blanco en un sector de la ciudad con una alta tasa de crímenes, no es un indicio válido para efectuar un control de identidad y posterior registro.

El máximo Tribunal sostuvo que tal indicio rompió la igualdad ante la ley, porque la conducta neutra del actor fue interpretada por la policía en razón del lugar de la ciudad en que se realizó, una población de la comuna de Cerro Navia con alto índice de denuncias por tráfico de drogas.

Por Redacción·14 de diciembre de 2022·5 min de lectura
Dejar caer una bolsa al notar la presencia de Carabineros es un indicio que faculta a los funcionarios a realizar un control de identidad al acusado.
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego.

El día 03 de diciembre de 2019, en un sector de la comuna de Cerro Navia, el actor fue sorprendido por personal de Carabineros portando una pistola semiautomática en la parte trasera de su pantalón. El arma mantenía un cartucho en la recámara, y otros cinco cartuchos en su cargador, encontrándose apta para disparar. El acusado no contaba con las autorizaciones legales para su porte o tenencia, por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria el acusado interpuso recurso de nulidad, invocando la causal contenida en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, esto es, infracción al debido proceso.

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