Reclamación rechazada
Corte Suprema confirma multa de 500 UTM a Copeval por suministro irregular de combustible
El máximo Tribunal ratificó la decisión de la Corte de Rancagua, que mantuvo una multa de 500 UTM a la empresa Copeval S.A. por suministro de combustible a instalaciones no registradas. La sanción se ajusta a la normativa vigente y la conducta fue calificada como grave, tras constatarse infracciones reiteradas durante 2022 y 2023 que representaron un riesgo para la seguridad de las personas.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua, que rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que aplicó una sanción administrativa a la Compañía Agropecuaria Copeval S.A.
La sanción consistió en una multa de 500 UTM por abastecimiento o suministro antirreglamentario de combustible líquido a una instalación no declarada. Originalmente la multa era de 1.000 UTM, pero fue rebajada tras un recurso de reposición. La empresa sancionada alegó falta de intencionalidad, adopción de medidas correctivas y desproporcionalidad de la sanción, señalando que los hechos se debieron a errores involuntarios del personal y que se implementaron medidas para evitar su repetición, como la detención de suministros a instalaciones no registradas y la capacitación adicional del personal.
Por su parte, la SEC informó que el suministro antirreglamentario ocurrió de manera reiterada durante 2022 y 2023, afectando al menos 400.800 litros de combustible líquido a instalaciones que no contaban con el Registro de Inscripción correspondiente, lo que configuró una infracción grave según lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 18.410 y normativa complementaria.
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