Fallo unánime.
Corte Suprema no hace lugar a la solicitud del SERNAC de acoger íntegramente la acción infraccional y de responsabilidad civil impetradas en procedimiento especial de la LPDC por infracciones cometidas en Cybermonday.
El máximo Tribunal descartó los errores de derecho denunciados en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago.

La Corte Suprema desestimó el recurso de casación en el fondo deducido por el SERNAC en contra de la sentencia de la Corte de Santiago, que confirmó el fallo apelado revocando solamente la condena en costas, rechazó la demanda, parcialmente, en lo infraccional respecto a los artículos 3º, inciso primero, letras a) y e), y en relación con el artículo 23, inciso primero, de la Ley 19.496 e íntegramente respecto a la acción civil.
El SERNAC dedujo demanda por vulneración al interés colectivo y difuso de los consumidores por inobservancia a la Ley N°19.496, la que se verificó con ocasión del “CyberMonday” del año 2017. La acción se fundó en la infracción a los artículos 3°, inciso primero, letras a), b), e), 12 y 23 de la Ley N°19.496. En cuanto a los perjuicios reclamados, y previa cita de los artículos 3°, 51 N°2, 52 A y 53 C, letra c), del mismo cuerpo legal, haciendo presente que los consumidores tienen el derecho a una reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales, en caso de cualquiera incumplimiento de las obligaciones contraídas por el proveedor.
El 16° Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la acción, por infracción a los artículos 3°, inciso primero, letra b), y 12 de la Ley N°19.496, condenando a la demandada al pago de una multa equivalente a 60 UTM. Además, rechazó la demanda en el acápite de las indemnizaciones de perjuicio solicitadas y condenó en costas a la demandada.
Temas
Te puede interesar

En fallo dividido.
CS rechazó recurso de queja, pero actuando de oficio desestimó la querella infraccional y la demanda de indemnización de perjuicios deducidas en contra de banco por supuesta infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores.

"La compañía no existe y sus propietarios y/o representantes legales no dieron explicación alguna".
Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda deducida en contra de la aerolínea Latin American Wings S.A. (LAW), empresa en liquidación forzosa, por infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores.

Medida disciplinaria.
Corte Suprema rechaza protección deducida en contra de sanción que supedita matricula de estudiante a realizar un taller formativo de género.

