Casación fondo rechazada
Corte Suprema reafirma potestad discrecional de la SMA para archivar denuncias ambientales
Sostuvo que la Superintendencia del Medio Ambiente actuó dentro de sus potestades al desestimar denuncias ciudadanas por carecer de mérito y seriedad suficiente, destacando que el control judicial no puede sustituir decisiones discrecionales debidamente fundadas.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, confirmando la decisión de dicho órgano que había rechazado la reclamación deducida contra la Resolución Exenta de 2023 de la SMA, que archivó diversas denuncias ciudadanas presentadas entre 2020 y 2022.
Los recurrentes sostuvieron que la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental incurrió en errores de derecho al elevar indebidamente el estándar de admisibilidad de las denuncias ciudadanas, exigiendo antecedentes propios de etapas posteriores del procedimiento sancionador. Alegaron infracción de los artículos 35, 47 y 51 de la Ley N°20.417 y del artículo 8 de la Ley N°19.300, pues las denuncias presentadas contenían, a su juicio, elementos de seriedad y veracidad suficientes para iniciar un procedimiento sancionador. Añadieron que el fallo impuso al denunciante cargas probatorias que corresponden a la Superintendencia del Medio Ambiente, desnaturalizando el diseño legal y restando eficacia a los principios de eficiencia, eficacia y coordinación administrativa que rigen a la autoridad ambiental.
La Corte Suprema, tras revisar los antecedentes de hecho y de derecho, sostuvo que para cumplir con el estándar de fundamentación exigible a los actos administrativos conforme a la Ley N°19.880, era imprescindible que la autoridad expusiera los motivos que justificaban el archivo de las denuncias. En este sentido, la sentencia destacó que, “(…) la resolución reclamada como la sentencia del Tribunal Ambiental dan cumplimiento a dicho estándar, toda vez que exponen de forma clara y detallada los antecedentes fácticos, técnicos y jurídicos tenidos en cuenta para descartar la configuración de infracciones a la normativa ambiental vigente, o para calificarlas como leves”.
Temas
Te puede interesar

Casación fondo rechazada
Municipalidad de Las Condes actuó apegada a la legalidad en caso Parque Canal El Bollo resuelve la Corte Suprema

Casación fondo rechazada
Corte Suprema define que la calidad de depositario del SERVIU tiene origen legal y no contractual, delimitando su rol en la regularización de loteos.

Reclamo de ilegalidad rechazado
Corte Suprema confirma multa de 1.500 UF de la CMF y ratifica sanción a aseguradora por desconocer carácter de “primer requerimiento” en póliza de caución

