Ley de Transparencia
Corte de Santiago ordena entregar información sobre tasas de intercambio de tarjetas de pago: negativa del CPLT carecía de fundamentación suficiente
La Corte dejó sin efecto la resolución del CPLT que había denegado el acceso a información sobre audiencias del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio. Concluyó que la autoridad no fundamentó adecuadamente cómo la divulgación afectaría los derechos económicos de las empresas, y recordó que la información pública debe entregarse en la mayor medida posible, permitiendo solo limitaciones justificadas y parciales.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT), que había denegado el acceso a información sobre audiencias y antecedentes relacionados con la fijación de límites a las tasas de intercambio de tarjetas de pago.
La solicitud original fue recibida por el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio el 1 de octubre de 2024 y requería antecedentes, minutas y documentos presentados en audiencias realizadas entre el 24 y 26 de septiembre de 2024 con 15 entidades del sector financiero, así como actas y registros levantados por los miembros del Comité.
El Comité denegó la entrega, invocando la causal de secreto del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, argumentando que su divulgación afectaría derechos comerciales y económicos de las empresas que aportaron la información. El CPLT confirmó esta decisión al rechazar el amparo.
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