Corte rechaza recurso de casación
Corte Suprema respalda decisión del SAG de sacrificar caballos por sospecha de muermo
Desestimó demanda de indemnización por $1.800 millones. Decisión del SAG se consideró ajustada a derecho y a la evidencia científica disponible. Descartó falta de servicio porque actuación del SAG fue necesaria ante el riesgo sanitario. Se justificó en exámenes de laboratorio. Marco normativo permite sacrificio ante "sospecha" de enfermedades infectocontagiosas. Protección de la salud pública como bien jurídico prioritario

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma, y rechazó, por manifiesta falta de fundamento, el recurso de casación en el fondo deducidos en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que, rechazando los recursos de casación en la forma y de apelación deducidos por el actor confirmó el fallo del Vigesimocuarto Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta en contra del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
La demandante solicitó que el SAG sea condenado a indemnizar los perjuicios derivados del sacrificio de 27 equinos de su propiedad, dispuesto por el Director Regional Metropolitano del organismo, responsabilidad que persiguió principalmente con fundamento en la falta de servicio y de modo subsidiario alegando una desigual distribución de cargas públicas. El monto que reclamó ascendía a $1.801.253.195.-, compuesto por $336.485.995.- por daño emergente y $1.461.767.200.- por lucro cesante o pérdida de chance.
Los jueces del fondo descartaron que el demandado haya incurrido en la falta de servicio que se le imputa. De los hechos acreditados en el proceso se desprende que, con ocasión de exámenes practicados a raíz de la internación de los caballos, provenientes de Argentina, se detectó al menos un resultado positivo para la enfermedad denominada “muermo”, resultados que fueron ratificados por dos laboratorios internacionales reconocidos; en consecuencia, y en consonancia con el derecho aplicable, la orden de sacrificar los animales se ajustó a las circunstancias de hecho, a la evidencia científica de que se disponía en el momento, a las recomendaciones de organismos internacionales para la detección de la enfermedad y a los reglamentos y demás normas pertinentes. Estimaron así que la actuación del SAG fue necesaria en vistas del potencial ingreso de una enfermedad infectocontagiosa, que no tiene cura y que revestía peligro tanto para la sanidad animal interna, como para la salud pública de las personas y la economía interna. La sentencia desestimó los planteamientos del demandante –que pretenden sembrar dudas respecto de la efectividad de la enfermedad– poniendo a la luz que la evidencia científica con que contaba la autoridad agropecuaria chilena al tiempo de disponer el sacrificio daba cuenta al menos de una sospecha grave de la existencia de la enfermedad en cuestión, razón jurídicamente suficiente para expedir la resolución cuestionada.
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