En fallo unánime.
CS confirma fallo que acogió demanda del Fisco contra empresa eléctrica de Colina.
El máximo Tribunal desestimó el recurso impetrado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que ordenó a la empresa pagar $3.206.200 de indemnización.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducida por la Empresa Eléctrica de Colina Limitada en contra de la sentencia que acogió la demanda de indemnización de perjuicios, presentada por el Fisco por las interrupciones del servicio que afectaron, en julio y agosto de 2017, al Hotel Militar Termas de Colina.
La sentencia sostiene que el libelo de nulidad se sustenta en la infracción al artículo 45 del Código Civil y artículo 140 Ley General de Servicios Eléctricos. Afirma, primeramente, que las probanzas rendidas son suficientes para acreditar la existencia del caso fortuito alegado como eximente de responsabilidad, sosteniendo a continuación que de no mediar los yerros denunciados la Corte debió rechazar la acción.
La resolución agrega que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, cual es que el escrito en que se lo interpone exprese, es decir, explicite, en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores de derecho.
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