Distinción contraria a derecho.
CS ordena pagar asignación de estímulo por competencias profesionales respecto de dos médicos cirujanas al Servicio de Salud Metropolitano Norte.
La resolución impugnada no explicitó razonadamente los factores considerados para adoptar la decisión.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que desestimó el recurso de protección interpuesto por dos funcionarias del Servicio de Salud Metropolitano Norte.
Las actoras denunciaron la vulneración de los derechos a la igualdad ante la ley y propiedad, por el no pago y pago en un porcentaje inferior al resto de la denominada asignación de estímulo o transitoria.
Indicaron que ambas son médicos cirujanas con especialidad en anatomía patológica, y que trabajan para el recurrido, prestando sus servicios en el Hospital San José en jornada de 44 horas. Sin embargo, una no ha recibido pago alguno por concepto de la asignación de estímulo por especialidad profesional, en tanto, la segunda ha percibido por dicho concepto un porcentaje total que alcanza el 70% del sueldo base, mientras que otros médicos con idénticas funciones y jornadas percibieron un 180% del sueldo base por el estipendio en cuestión.
Te puede interesar

Dirección del Trabajo.
Procede incluir en la base de cálculo de la indemnización legal por años de servicio las asignaciones que indica respecto de los docentes.

Criterio objetivo.
CS revoca sentencia y desestima recurso de protección fundado en el término de la asignación de estímulo contemplada en la Ley Médica.

Dictamen.
CGR determina que asignaciones de zona, zona extrema, antigüedad y funciones críticas están comprendidas en la remuneración bruta para efectos de su reducción por la resolución del Consejo de Alta Dirección Pública.

