Jornada de trabajo.
CS confirmó sentencia que desestimó impugnación fundada en la creación de un turno nocturno por ASMAR Talcahuano.
El arbitrio se dedujo en favor de 33 trabajadores.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó el recurso de protección deducido en favor de 33 trabajadores y en contra de Astilleros y Maestranzas de la Armada, ASMAR Talcahuano.
El actor denunció la vulneración de los derechos a la vida, integridad física y psíquica, igualdad ante la ley y propiedad de los trabajadores que indica, originada por la orden de presentarse a trabajar a la planta industrial Talcahuano, incumpliéndose las medidas sanitarias y desconociéndose los turnos fijados por la recurrida y el comité de crisis formado a propósito de la emergencia sanitaria, modificando unilateralmente sus contratos de trabajo.
La recurrida alegó la extemporaneidad del recurso, por cuanto se dirigió en contra de la orden a los trabajadores a trabajar en turnos diversos a los fijados, en circunstancias que dispuso a sus dependientes realizar labores en jornada nocturna durante dos semanas del año 2020 y en marzo de 2021, por lo que la interposición de la acción se efectuó habiendo transcurrido más de seis meses después de haber tomado conocimiento de los hechos.
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