Con prevención.
CS confirmó sentencia que rechazó amparo económico contra Municipalidad de Santiago por decretar el término de permiso de ocupación de bien nacional de uso público.
La decisión fue acordada con la prevención de la Ministra Sandoval.

La Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó la acción de amparo económico deducida por Sociedad inmobiliaria, Constructora y de Inversiones contra Municipalidad de Santiago por decretar el término de permiso de ocupación de bien nacional de uso público que detentaba la recurrente.
Respecto a los hechos, consta que la recurrente es arrendataria a largo plazo de un edificio de la Comuna de Santiago, en el cual desarrolla actividades de hotel, decidiendo además en su oportunidad realizar una inversión para instalar una cafetería en el citado espacio, el cual se proyectó tanto dentro del edificio como en su exterior, debiendo ser utilizando en el exterior un espacio del bien nacional de uso público para la colocación del mobiliario necesario que abarca 16,36 metros cuadrados.
En su sentencia, la Corte de Santiago indicó en su oportunidad que es necesario que el tribunal investigue y constate la o las infracciones denunciadas, lo que en el presente caso se traduce en averiguar si existen los hechos que la constituirían, si son o no susceptibles de plantearse por la presente vía y si ellos importan una alteración de la actividad económica de la recurrente, debiendo existir, en relación con esto último, una vinculación o nexo causal; sin que deba examinarse, necesariamente, la legalidad de la conducta reprochada.
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