Recurso de casación en el fondo acogido.
CS ordena a beneficiarios de seguro de vida restituir montos pagados indebidamente.
El máximo Tribunal consideró que la sentencia impugnada contravenía el artículo 2295 del Código Civil.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Valdivia, que revocó aquella de base que aceptó una demanda de restitución por pago de lo no debido.
La empresa aseguradora Lombard International Assurance S.A., demandó por pago de lo no debido a dos beneficiarios de un seguro de vida. En su libelo, el demandante indica que los demandados tenían como porcentajes asignados 16.67% y 16,66, respectivamente.
Añade que, luego de fallecer la contratante del seguro, procedió al pago total de la póliza a todos los beneficiarios, por un monto total de 1.843.619,47 USD, depositando en las cuentas corrientes informadas el porcentaje correspondiente. Sin embargo, a los demandados les pagó erróneamente la cantidad equivalente al 20%, por lo que fueron pagados indebidamente 61.392,52 USD y 61.576,89 USD, razón por la cual, solicitó al tribunal que ordene a los demandados a restituir el exceso pagado de forma indebida.
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