Ley 19.496.
Demanda colectiva interpuesta en contra de banco de células madre por un supuesto incumplimiento de contrato de preservación de éstas, es rechazada.
Se descartaron los vicios invocados en contra de la sentencia dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la acción colectiva.

La Corte de Santiago desestimó el recurso de casación en la forma y confirmó la sentencia del 20° Juzgado Civil de Santiago, que rechazó en todas sus partes la demanda colectiva deducida en contra de Cordonvida Servet S.A. en procedimiento especial sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
Los hechos se originan en una demanda para la defensa del interés colectivo de los consumidores, en contra de Cordonvida Servet S.A., al amparo del Procedimiento Especial del Título IV de la Ley 19.496, por haber incumplido las condiciones informadas, ofrecidas y contratadas, con perjuicio a los actores. Estos alegan, principalmente, el incumplimiento de la obligación pactada de garantizar la calidad y conservación de células madre.
El 20° Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda, al considerar que con la prueba rendida en el proceso sólo se pudo identificar el vínculo contractual de 28 de las 50 personas que se encuentran individualizadas en el líbelo, numero inferior al que exige la norma para proceder conforme al procedimiento especial establecido en el artículo 51 de la citada ley, concluyendo que la demandante carece de legitimación activa y procesal.
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