Diario Constitucional

Dirección de Arquitectura MOP.

Demora en la liquidación de un contrato y en la solución de estados de pago devengan un interés anual del 8% sobre la suma a pagar.

La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas debe ajustar su actuar a los plazos establecidos en la norma para realizar los pagos en contratos de consultoría, ya que su retraso devenga intereses anuales.

Por Redacción·31 de diciembre de 2023·2 min de lectura
imagen: dpoitlaw.com
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Se solicitó a la Contraloría General de la República por una empresa de ingeniería pronunciamiento respecto de un reclamo derivado de la demora en la liquidación de un contrato y en la solución de estados de pago por parte de la Dirección de Arquitectura (DA) del Ministerio de Obras Públicas.

El contrato en cuestión, referido a la “Asesoría a la Inspección Fiscal de la Obra Construcción Laboratorio de Criminalística Central PDI”, es de suma alzada y sin reajustes. La reclamante solicitó compensación por los perjuicios económicos ocasionados por estas demoras, requiriendo la aplicación del interés máximo convencional.

La DA, en su informe, reconoce la demora en la liquidación del contrato, atribuyéndola a problemas financieros del mandante, en el caso del contrato rol que cumple la Policía de Investigaciones de Chile, y a errores en el cálculo de descuentos y multas. Según el artículo 63° del decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, la liquidación final debe efectuarse dentro de los noventa días posteriores al término de la consultoría, pudiendo extenderse excepcionalmente por 90 días adicionales.

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