Recurso de nulidad rechazado.
Determinar si se configura o no la atenuante de “colaboración sustancial” del acusado, es una tarea del Tribunal Oral en lo Penal y no de la Corte Suprema.
El acusado intentó asilarse a la minorante del artículo 11 N°9 del Código Punitivo, en circunstancias que el esclarecimiento de los hechos quedó asentado mediante la información recabada por agentes encubiertos, por lo que el máximo Tribunal no puede revisar nuevamente la investigación para dar lugar a la tesis de la defensa.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que condenó al imputado a la pena de ocho años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes.
El 8 de diciembre de 2022, en horas de la tarde, un agente policial encubierto, en el contexto de una entrega controlada, recibió por parte del acusado en la ciudad de Iquique, una mochila color negro con azul marca Montaña, contenedora de 08 paquetes enguinchados con cinta adhesiva y papel film, contenedores de marihuana, con un peso de 8 kilos 618 gramos bruto; por lo que el imputado fue detenido y puesto a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por errónea aplicación del derecho.
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