Diario Constitucional

Recurso de nulidad acogido en fallo dividido.

Entregar un envoltorio y recibir un billete no es indicio suficiente para efectuar un control de identidad si tal acción se considera como delictiva atendido el sector de la ciudad en que se observa.

Tal sesgo discriminador de la policía privó al recurrente de un proceso racional y justo, por lo que deben descartarse todas las pruebas obtenidas producto de su detención y el juicio debe ser llevado a cabo nuevamente.

Por Redacción·23 de julio de 2022·5 min de lectura
Imagen: www.diarioconcepcion.cl
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, que condenó al imputado como autor del delito de tráfico de droga en pequeñas cantidades.

En su libelo, el recurrente invoca la causal de nulidad contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, al estimar vulnerada su garantía del debido proceso. Refiere que fue sometido a un control de identidad de manera ilegal y en contravención a lo establecido en el artículo 85 del Código Adjetivo, pues se le detuvo por el mero hecho de realizar acciones corporales que los policías de la zona interpretaron como propias de un traficante, al ser observadas en un sector de la ciudad que es conocido por su alto nivel de criminalidad, sesgo discriminador que está proscrito en nuestra legislación.

En subsidio, invoca la causal de la letra b) del citado artículo 373, al sostener que se calificaron erradamente los hechos como delito de tráfico de drogas en menores cantidades, y no como la falta de consumo de droga en un lugar público; por lo que pide al máximo Tribunal la nulidad del juicio y la realización de uno nuevo ante tribunal no inhabilitado.

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