Recurso de nulidad rechazado.
Escucha telefónica faculta a controlar la identidad del acusado y es base para su posterior condena como integrante de la banda denominada “clan rojo”, que traficaba droga desde Bolivia hacia Chile.
El máximo Tribunal confirmó la condena para uno de los miembros de la agrupación criminal, que gracias a una escucha telefónica fue detenido intentando ingresar al país cerca de 28 kilos de cocaína de alta pureza.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, que condenó al imputado a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes.
El día 26 de febrero de 2021, a las 07:41 horas, luego de una investigación judicial y policial en contra de una banda criminal de la ciudad de Arica, denominada “El Clan Rojo”, personal de la PDI interceptó una llamada telefónica entre el acusado y un tercero, en la cual, se ponían de acuerdo para la entrega y traslado de un cargamento de droga. Con dicha información, al día siguiente, los agentes controlaron la identidad del acusado quien se trasladaba en un vehículo junto a dos coimputados, siendo incautados 28 kilos de cocaína que el acusado trasladaba en diversos bolsos.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado interpuso recurso de nulidad invocando la causal de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
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