Invalidación de oficio
Hospital Regional de Antofagasta condenado por falta de servicio tras pérdida de visión por negligencia médica
La Corte Suprema anuló de oficio la sentencia de la Corte de Antofagasta, que había condenado solidariamente al hospital y a una clínica oftalmológica por la pérdida de visión de un paciente. El máximo Tribunal determinó que la clínica actuó conforme al convenio vigente y que el daño se produjo exclusivamente por la falta de respuesta oportuna del hospital.

Al conocer de sendos recursos de casación en la forma y en el fondo, la Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que revocó el fallo de base que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios en un juicio por responsabilidad médica.
La causa versa sobre una acción de indemnización de perjuicios interpuesta contra el Hospital Regional Dr. Leonardo Guzmán de Antofagasta y una clínica oftalmológica, relativa a la pérdida de visión del ojo derecho del demandante. Los demandantes alegaron que hubo negligencia en el tratamiento oftalmológico, específicamente en la demora para retirar el aceite de silicona inyectado en una cirugía.
El Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta rechazó la demanda por no haberse acreditado las conductas atribuidas a los profesionales de la salud.
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