Recurso de amparo rechazado.
Imputado que manejaba un vehículo con placa patente falsa debe permanecer en prisión preventiva.
La medida fue dictada conforme a derecho sin vulnerar las garantías del amparado, y en atención a la seguridad de la víctima, integridad del proceso, y peligro de fuga del actor.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte San Miguel, que rechazó el recurso de amparo interpuesto por un imputado en contra del 10° Juzgado de Garantía de Santiago, por decretar la medida cautelar de prisión preventiva mientras dure el desarrollo de la investigación penal en su contra.
El amparado relata que fue formalizado el 4 de agosto de 2022, por el delito de conducción con placa patente falsa, y que al momento de la formalización el Ministerio Público pidió se decretara en su contra la medida cautelar de prisión preventiva, lo que fue acogido por el tribunal sin mayor análisis de sus planteamientos y solicitudes de la defensa, medida que considera desproporcionada en atención a la naturaleza del delito a investigar, frente a medidas cautelares menos intensas que podrían haberse decretado, por lo que la resolución impugnada es arbitraria e ilegal, al conculcar su libertad personal y seguridad individual; pide a la Corte que ordene la inmediata libertad del amparado.
El recurrido informó que el amparado fue formalizado por manejar un vehículo con una placa patente diversa a la registrada, notoriamente falsa, carente de sellos de seguridad, y elaborada artesanalmente con un guarismo diferente al de la placa original. Agrega que en la referida audiencia se decretó, a solicitud del Ministerio Público y con oposición de la defensa, la medida cautelar de prisión preventiva, estimando la juez que concurren los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y por peligro para la seguridad de sociedad conforme a la letra c) de la citada norma, además de peligro de fuga.
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