Recurso de casación en el fondo acogido.
Incidente de abandono del procedimiento sólo puede prosperar si el litigante interesado en la resolución del pleito ha sido negligente.
Al existir recursos pendientes por resolver y encontrarse el proceso en etapa de prueba, la carga correspondía al tribunal.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que revocó aquella de base que había dado lugar a un incidente de abandono del procedimiento.
El 10 de junio de 2019, el demandado interpuso ante el tribunal de primera instancia incidente de abandono del procedimiento, al considerar que la última gestión útil para hacer avanzar el juicio por parte de la demandante fue la ratificación de lo obrado, cuya resolución es de fecha 1 de octubre de 2018. De esta forma, considera que ha transcurrido en exceso el plazo previsto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.
La demandante se opuso, argumentando que aún existían recursos pendientes sobre resoluciones del tribunal en la etapa probatoria, las cuales estaba esperando su dictación para dar continuidad al proceso.
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