Ley N° 19.496.
Inmobiliaria es condenada al pago de multa e indemnización de perjuicios por entregar una vivienda adquirida con subsidio habitacional con defectos estructurales y filtración de aguas.
La denunciada sostuvo que los defectos presentes en la propiedad no habían sido causados por un trabajo negligente, sino que únicamente por la falta de mantención de algunos aparatos de parte de los habitantes de la vivienda afectada.

La Corte de La Serena confirmó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de esa comuna, que acogió la denuncia y la demanda civil interpuestas en contra de la Inmobiliaria Ecomac Ltda., por infringir la Ley del Consumidor al entregar una vivienda con varios defectos en su construcción.
La denunciante señala que el año 2015, resultó beneficiada con un subsidio habitacional, por lo que decidió postular al acceso a una vivienda dentro de un proyecto de la empresa denunciada. Indica que, en diciembre de 2016, la inmobiliaria hizo entrega del inmueble, y en febrero de 2017 pudo comenzar a habitarlo.
Expone que desde el momento en que se fue a vivir a su nueva vivienda, junto con los vecinos del condominio se percataron de problemas que tenían las casas derivados de defectos en la construcción de las mismas. Expresa que la inmobiliaria envió a especialistas que, si bien efectuaron reparaciones, éstas no dieron solución definitiva al problema. Manifiesta que luego de varias visitas de personal enviado por la denunciada a su propiedad, éstos dejaron los trabajos incompletos y abandonados, razón por la cual ingresó un reclamo ante el Servicio Nacional del Consumidor, obteniendo respuesta negativa.
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