Resuelve Corte de la Serena.
Institución educacional que ofreció curso para ejercer como asistente de párvulos sin contar con reconocimiento del Ministerio de Educación, incurre en publicidad engañosa.
La publicidad del curso indujo a error al presentar a la institución como capaz de habilitar a los estudiantes para desempeñar funciones en entidades educativas donde no podían ser contratados, vulnerando lo dispuesto en la Ley N° 19.496. Se determinó que la falta de transparencia en la información brindada, junto con la asimetría de conocimiento entre la institución y la consumidora, configuraron la infracción.

La Corte de La Serena revocó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, que rechazó la querella y la demanda civil.
La actora solicitó que se establezca que la querellada incurrió en publicidad engañosa al ofrecer un curso para ejercer como asistente de párvulos, el cual no cuenta con el reconocimiento del Ministerio de Educación, infringiendo lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley N° 19.496.
A partir del oficio del Ministerio de Educación acompañado en la causa, se indica que la querellada no está reconocida como institución de Educación Superior.
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