Recurso de nulidad rechazado.
Intentar arrojar una pelota hacia el interior de un recinto penal es un indicio que permite el control de identidad y registro del imputado, resuelve la Corte Suprema.
El imputado se encontraba junto a un acompañante en una calle al costado de la cárcel de Los Andes intentando lanzar al interior del recinto una pelota que contenía papelillos de cocaína y marihuana, cuando fue sorprendido por personal policial que acudió al lugar, alertados por vecinos y personal de Gendarmería.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, que condenó al imputado a una pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades.
Con fecha 19 de enero del año 2021, el imputado junto a un acompañante se encontraban en las inmediaciones del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Los Andes, específicamente en una calle lateral, lugar donde concurrieron con la finalidad de lanzar droga al interior de esa unidad penal. Para tal efecto, el acusado llevaba consigo una pelota de polietileno, la que contenía catorce envoltorios de papel con 10,59 gramos netos de cocaína base y una bolsa contenedora de 3,19 gramos netos de cannabis sativa, que el actor se aprestaba a lanzar, siendo en esas circunstancias fiscalizados por personal de la Policía de Investigaciones, los que fueron alertados por vecinos y el personal de Gendarmería, deteniendo al imputado y poniéndolo a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el actor interpuso recurso de nulidad, invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso.
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