Diario Constitucional

Invalidación de oficio, en fallo dividido.

Jueces del fondo no pueden omitir el análisis y razonar en torno a la prueba acompañada en segunda instancia, resuelve la Corte Suprema.

Tal omisión vulnera la garantía procesal de que toda sentencia debe fundarse en un proceso previo y legalmente tramitado, configurando el vicio de nulidad formal del numeral 5 del artículo 768 del Código Civil.

Por Redacción·03 de enero de 2023·3 min de lectura
Prueba instrumental
Referencial

Al conocer un recurso de casación en el fondo, la Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia dictada por la Corte de Antofagasta, que confirmó con declaración aquella de base que hizo lugar a una demanda de servidumbre minera.

La empresa SQM demandó al Fisco de Chile solicitando la concesión de una servidumbre minera, respecto de un predio de 18,84 hectáreas de superficie.

El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda, constituyendo la servidumbre en favor de la solicitante por un plazo de cincuenta años, con el pago anual de 7.46 UF por el tiempo de duración del gravamen, a título de indemnización de perjuicios; decisión que fue confirmada por la Corte de Antofagasta en alzada, con declaración que se eleva el monto indemnizatorio anual a la cantidad de 48,68 UF.

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