Carabineros condenados por cohecho.
El recurso de casación en el fondo en materia penal no se puede fundar en peticiones principales y subsidiarias contradictorias entre si.
Funcionarios de Carabineros condenados por el delito de cohecho, instaron en el libelo de forma principal, por su absolución e inocencia, y en subsidio, por una condena menor; peticiones contrapuestas que no se condicen con un recurso de derecho estricto.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte Marcial, que confirmó aquella de base, que condenó a los actores a la pena de ochocientos días de reclusión menor en su grado medio, como autores del delito consumado de cohecho.
El día 10 de agosto del año 2016, tres funcionarios de Carabineros de dotación de la Tenencia El Castillo dependiente de la 41 Comisaría de la comuna de La Pintana, se movilizaban en un vehículo policial, y alrededor de las 13:00 horas, mientras se encontraban de servicio, dos de ellos procedieron a solicitar la suma de dinero ascendente a $3.000.000.- a un particular para omitir la detención de uno de sus acompañantes por infracción a la Ley de Tránsito. En ese contexto, y mientras trasladaban al infractor hasta la 41 Comisaría, fueron contactados por el particular, a través de un teléfono celular, con quien acordaron un punto de encuentro en un camino de tierra de difícil acceso, lugar donde dicha persona le hizo entrega al Jefe de Patrulla de la cantidad de $3.000.000.- en dinero en efectivo. Posteriormente, los funcionarios fueron detenidos y puestos a disposición de la justicia, siendo condenados por el delito de cohecho; decisión que fue confirmada por la Corte Marcial en alzada.
En contra de este último fallo, los condenados interpusieron recurso de casación en el fondo invocando las causales del N°1 y N°7 del artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, por infracción a las leyes reguladoras de la prueba de los artículos 457, 459, 460, 464, 465, 481 del Código de Procedimiento Penal; y los artículos 3, 11 N°9, 66, 67 y 68 del Código Penal.
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