Recurso de nulidad rechazado.
Por la causal invocada se analiza la legalidad de una sentencia, la aplicación correcta de la ley y el derecho, en función de hechos inamovibles que soberanamente han dado por sentados los magistrados del grado, resuelve Corte de Santiago.
El tribunal a quo desestimó la tesis de la defensa en cuanto al uso terapéutico y recreacional por el sentenciado de las plantas incautadas, al resultar la prueba aportada en juicio del todo insuficiente, puesto que, únicamente acompañó unos documentos en que constan exámenes a su nombre de carácter general, sin que se presentara la prescripción médica de algún tratamiento, en caso de que hubiese sido necesario

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la capital, que condenó al acusado a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de cultivo de especies vegetales del género cannabis, previsto y sancionado en el artículo 8º de la Ley Nº20.000.
El recurrente alegó que se falló con error en la aplicación del derecho, ya que el consumo de cannabis era para combatir la alopecia nerviosa, es decir, para un tratamiento terapéutico, lo que se corrobora con los documentos de laboratorio Clínico de la Universidad de Chile, por lo que al concurrir las atenuantes prescritas en los numerales 6º y 9º del artículo 11 del Código Penal, se debió rebajar la pena conforme al artículo 68 del mismo cuerpo legal y, en consecuencia, condenarlo a una pena de falta y no de simple delito, implicando ello una posible pena sustitutiva conforme a la Ley Nº18.216.
En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal.
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