Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

Portar un objeto metálico color gris en medio de los pantalones, es un indicio que habilita a Carabineros a practicar un control de identidad.

Al divisar la presencia de Carabineros el imputado hizo un ademán de esconder algo en su cintura, lo que alertó a los agentes que al practicar el control preventivo notaron que el recurrente escondía en sus vestimentas un arma de fuego prohibida, lo que mutó el control preventivo en uno investigativo.

Por Redacción·02 de febrero de 2024·3 min de lectura
Imagen: moracontenidos.com
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego prohibida.

El día 23 de enero de 2022, a las 05:15 horas, en la vía pública, en un sector de la comuna de Lo Prado, el imputado fue sorprendido portando y transportando al interior de sus vestimentas un arma de fogueo del tipo pistola de marca Ekol, modelo Jackal Dual, calibre 9 mm P.A.K, color gris con negro, con una munición de fogueo marca KSR en mal estado, por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.

Comentarios (1)

  1. José Patricio Olivares

    Un aparato de fogeo ¿es un arma de fuego cuyo porte puede determinar presidio de 3 años? Me parece un despropósito. La sicosis ha sobrepasado todo límite.

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