Sentencia absolutoria en favor de Sebastián Nicolás Zamora Soto.
Puente Pío Nono: TOP de Santiago condena en costas al Ministerio Público y querellantes.
El Tribunal condenó tanto a la fiscalía como a los querellantes al pago de las costas del proceso, al haber resultado completamente vencidos.

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó sentencia absolutoria en favor de Sebastián Nicolás Zamora Soto de los cargos que le formuló el Ministerio Público y los acusadores particulares, como autor del delito frustrado de homicidio; y apremios ilegítimos, que le levantó el Instituto Nacional de Derechos Humanos. Ilícitos supuestamente cometidos el 2 de octubre de 2020, en el puente Pío Nono.
El fallo señala que, con las probanzas incorporadas no se ha podido superar el estándar exigido por ley para condenar, puesto que aquellas han resultado insuficientes y contradictorias entre sí para establecer los hechos de la imputación, lo que ha generado en el Tribunal una duda razonable que le impide condenar, de manera que la presunción de inocencia que ampara al acusado se mantiene incólume.
La sentencia destaca que importante es dejar asentado que para el Tribunal no es que sea irrelevante que una persona haya caído al lecho del río, sino que por ese solo hecho no puede condenarse al acusado por homicidio frustrado, por cuanto deben entenderse y acreditarse la forma y los motivos por los que cayó para así poder determinar si ello es imputable dolosamente al imputado, por lo cual merezca un reproche penal a título de un delito de homicidio.
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