Recurso de queja acogido, con voto en contra.
Recurso de apelación deducido contra fallo que acoge amparo ante el Juez de Garantía de Puente Alto es admisible.
El máximo Tribunal estimó que, según el artículo 370 del Código Procesal Penal, la resolución que ordenó trasladar de recinto penitenciario al amparado es apelable, al constituirse como un proceso diferente, a pesar de ser solicitada ante el tribunal de ejecución de la condena.

La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto en contra de los ministros integrantes de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que declararon inadmisible un recurso de apelación interpuesto por Gendarmería de Chile, que buscaba revocar una decisión de amparo ante el Juez de Garantía que ordenó el traslado de un recluso de recinto penal.
La causa versa sobre la admisibilidad del recurso de apelación, respecto de la sentencia que falla un amparo ante el Juez de Garantía. En la especie, el encartado se encontraba cumpliendo una condena dictada por el Tribunal de Juicio Oral de La Serena, en el recinto penal de Puente Alto -lugar al que meses antes pidió ser transferido-.
En tal escenario, el interno solicitó el amparo ante el Juez de Garantía para solicitar -nuevamente- el traslado hacia el recinto penal de La Serena.
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