Con prevención.
TOP de Santiago decreta la absolución de carabineros de los cargos formulados en su contra que les atribuía responsabilidad en calidad de autores del delito consumado de apremios ilegítimos.
El Tribunal desestimó, con costas, las imputaciones al no lograr los acusadores, Ministerio Público e Instituto Nacional de Derechos Humanos, probar la comisión del delito y, consecuencialmente, la participación de los acusados en los hechos.

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó sentencia absolutoria, por falta de acreditación, en favor del teniente de Carabineros Eduardo Ignacio Droppelmann Huerque y del sargento segundo Cristián Alejandro Chávez Calfunao, de los cargos formulados en su contra que les atribuía responsabilidad, en calidad de autores, del delito consumado de apremios ilegítimos. Ilícito supuestamente cometido en marzo de 2017, en la ciudad.
El fallo señala que, de la prueba producida, el Tribunal no pudo formarse convicción, que a los acusados les haya cabido participación en los términos pretendidos por los persecutores, pues en un sistema acusatorio como el que nos rige, donde al acusado se le debe presumir inocente en tanto no se demuestre a través de prueba precisa y concordante, que el hecho propuesto por el persecutor ha ocurrido y en él ha correspondido participación culpable al imputado, la verdad condenatoria no puede asumirse, sino que debe ser construida a través de elementos de cargo suficientes y capaces de generar convicción y a falta de una construcción que se autosustente, el tribunal debe necesariamente absolver más no completar la prueba con suposiciones.
Ello dado que la libertad de apreciación de la prueba que confiere el legislador al juez no le permite soslayar el estándar de convicción condenatoria penal, que por el llevar aparejado el peso de la fuerza del Estado sobre el ciudadano, lo protege, presumiendo su inocencia en tanto no se demuestre fehacientemente su culpabilidad, y si tal objetivo no es alcanzado, la consecuencia ineludible ha de ser la absolución como en definitiva se declarará.
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