Recurso de queja rechazado.
Sentencia interlocutoria que declara la caducidad de la acción de reclamación de multa, no es susceptible de impugnarse por la vía de la reposición con apelación subsidiaria.
Se trata de una sentencia interlocutoria que pone término al juicio por lo que procede el recurso de apelación de manera directa.

La Corte Suprema desestimó el recurso de queja interpuesto en contra de los ministros de una sala de la Corte de Apelaciones de Iquique, por rechazar un recurso de reposición deducido en contra de aquella resolución que declaró inadmisible el recurso de apelación, interpuesto subsidiariamente, contra la decisión de primera instancia que declaró la caducidad de la acción de reclamo judicial contemplada en el artículo 503 del Código del Trabajo.
La quejosa señala que la decisión fue pronunciada con falta o abuso grave, infringiendo lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 201 del Código de Procedimiento Civil, con vulneración de su garantía del debido proceso desde que se le impide recurrir en sede de apelación para obtener un pronunciamiento de fondo sobre la caducidad de la acción, declarada de oficio por el tribunal laboral, anulando los derechos a la acción y al recurso judicial, en circunstancias que el arbitrio cumple con los requisitos de forma y fondo.
Requerido informe, los recurridos indican que declararon inadmisible el recurso de apelación deducido por la reclamante en contra de la resolución que declaró la caducidad de la acción de reclamación, dado que fue interpuesto en subsidio a un recurso de reposición, lo que resulta improcedente por tratarse de una sentencia interlocutoria que pone término al juicio, la que debe ser apelada directamente, atendido lo dispuesto en el artículo 475 del Código del Trabajo y 187 del Código de Procedimiento Civil, no existiendo en dicho pronunciamiento falta o abuso grave.
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