Derecho del Consumidor.
Supermercado es responsable del robo sufrido por cliente en sus estacionamientos y debe indemnizar el daño emergente y el daño moral.
El tribunal estableció que, independiente de que el hecho haya sido cometido por terceras personas, esto no exime de responsabilidad a la empresa denunciada, pues le son exigibles medidas de cuidado que cautelen la seguridad de sus consumidores.

La Corte de Concepción revocó parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado de Policía Local de Hualpén, que acogió la denuncia infraccional y rechazó la demanda indemnizatoria interpuesta en contra de la cadena de supermercados Jumbo.
Un particular dedujo denuncia por infracción a lo dispuesto en el artículo 3 letra d) y 12 de la Ley N° 19.496 e interpuso demanda de indemnización de perjuicios por los daños ocasionados a raíz de un robo sufrido en su vehículo mientras este se encontraba en el estacionamiento de un establecimiento comercial de la cadena de supermercados Jumbo.
Según los hechos relatados en su libelo, sujetos desconocidos le habrían sustraído diversas especies desde el interior de su camioneta luego de quebrar uno de los vidrios del vehículo.
Te puede interesar

Recurso de protección acogido.
Corte Suprema ordena a Banco Estado cancelar deuda contraída sin el consentimiento de un cliente.

En fallo unánime.
Corte de Santiago acoge demanda y ordena a mutual indemnizar a trabajadora que sufrió accidente de trayecto.

Reclamo de ilegalidad rechazado.
Información contenida en correos electrónicos con casilla institucional es de carácter pública, por lo que debe ser entregada ante solicitud de transparencia.

