Diario Constitucional

Ley 20.283.

Tala de bosque nativo sin aprobación de Plan de Manejo en forma previa por CONAF, configura una infracción que debe sancionarse con multa y reforestación.

Respecto al plazo de 90 días que cuenta CONAF para pronunciarse sobre las peticiones de corte de bosque nativo, es uno de días hábiles administrativos.

Por Redacción·22 de agosto de 2022·6 min de lectura
Tala de bosque nativo sin aprobación de Plan de Manejo en forma previa por CONAF, configura una infracción que debe sancionarse con multa y reforestación.
Referencial

La Corte de Valdivia revocó la sentencia del Segundo Juzgado de Policía Local de esa ciudad y sancionó al propietario de un predio que taló de forma ilegal parte de un bosque nativo, acogiendo la denuncia de CONAF por infracción a los artículos 2 N°12 y 5 de la ley 20.283 (que busca proteger, recuperar y mejorar las especies nativas del país, asegurando su sustentabilidad forestal mediante planes de manejo y preservación).

El conflicto jurídico se originó por la tala de diversas especies nativas – Coihue, Canelo, Avellano, Arrallán Macho y Meli- en terreno del denunciado que realizó el corte de estos árboles con el objeto de construir una vivienda, sin embargo, su intención no era ejecutar estas obras de forma ilegal, pues contrató a un ingeniero forestal para presentar una petición ante la CONAF la que fue recibida por dicha entidad el 29 de julio del 2021, no obstante, de estas conductas preliminares –entre las que se encuentran un plan de manejo- producto de una descoordinación con su hijo, este último autorizó la tala del arbolado sin contar con la respectiva autorización.

El 23 de septiembre de 2021 fiscalizadores de CONAF constataron en el predio el corte de los arbóreos sin los permisos previos, lo que motivó que el plan de manejo presentado fuese rechazado el 16 de noviembre de 2021 e ingresada la denuncia ante el Juzgado de Policía Local el 13 de diciembre del 2021 por infracción a los artículos 2 N°12 y 5 de la ley 20.283 y artículo 22 DL 701, solicitándose una multa de $1.854.000 y la ejecución de un plan de reforestación (mediante 300 plantas nativas afines a las taladas).

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