Diario Constitucional

Principio “in dubio pro operario”.

Toda decisión que prive al trabajador de acceder a la justicia está desprovista de razonabilidad, resuelve la Corte Suprema.

Se demandó por despido injustificado y una Sala de la Corte de Santiago confirmó la resolución que no dio lugar a la tramitación de la acción, por no acudir previamente el demandante a la Inspección del Trabajo, acto que vulneró el derecho a defensa y tutela judicial efectiva del actor.

Por Redacción·23 de noviembre de 2022·3 min de lectura
Imagen: lectorchile.com
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La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto en contra de dos ministras integrantes de una Sala de la Corte de Santiago, por dictar una resolución que confirmó aquella de base que declaró inadmisible una demanda por despido injustificado.

Se demandó por despido injustificado y pago de prestaciones laborales y previsionales adeudadas, por medio del procedimiento de aplicación general.

El tribunal de primera instancia, en atención a la cuantía y a la carta de auto despido acompañada por el demandante, previo a admitir la demanda señaló que el actor debe acreditar, “(…) si dedujo reclamo ante la Inspección del Trabajo que corresponda, acompañando los documentos pertinentes de ser el caso, dentro de quinto día, bajo apercibimiento de resolver lo que en derecho corresponda”.

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