Recurso de nulidad rechazado.
Carabineros está facultado para entrar al domicilio del imputado a quien perseguían por delito flagrante.
Funcionarios observaron al acusado escondiendo entre sus ropas un arma de fuego, y el actor al percatarse de la presencia policial, huyó al interior de su domicilio, lugar donde fue detenido y se decomisaron más de 40 papelillos de pasta base de cocaína listos para su comercialización.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego prohibida, y a la pena de dos años de presidio menor en su grado medio, por el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades.
El día 11 de junio de 2018, a las 16:25, en un sector de la comuna de Quilicura, el acusado fue sorprendido por personal policial, portando y manteniendo en su poder un revólver sin marca, calibre .32, arma apta para el disparo, cuyo número de serie se encontraba borrado, con cuatro cartuchos marca CBC, calibre .32 en el interior de su cilindro, sin tener ningún tipo de permiso ni autorización para el porte o tenencia de dicha arma ni sus municiones, dándose a la fuga y siendo detenido al interior de su domicilio. Al ingresar al lugar, los funcionarios encontraron 49 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína por un total de 64 gramos, así como elementos para su dosificación y comercialización, por lo que el actor fue puesto a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado interpuso recurso de nulidad, invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
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Comentarios (1)
Patricia Angélica Álvarez Santander Quedé gratamente sorprendida por la decisión de la Corte Suprema… por fin impera el sentido común y el cumplimiento de la Ley.
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