Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Transcripción de conversación por WhatsApp en una demanda, vulnera la razonable expectativa de privacidad.

Tal acto de divulgación vulnera la inviolabilidad de las comunicaciones y la expectativa de privacidad del recurrente.

Por Redacción·22 de abril de 2022·3 min de lectura
Corte de Puerto Montt ordena eliminar fotografía de cédula de identidad de grupo de whatsapp por vulnerar garantías constitucionales y utilizar datos personales sin autorización del recurrente.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que desestimó el recurso de protección interpuesto por un particular en contra de quienes divulgaron una conversación sostenida por medio de mensajes de texto de la aplicación WhatsApp.

En su libelo, el actor indica que los recurridos se hicieron de una conversación vía mensajes de texto, de la cual no eran partes, para luego, incorporarla en un juicio seguido ante el Juez Civil de Concepción, y de esta forma, denostar su calidad profesional como letrado.

Argumenta que tal acto vulnera sus derechos a la integridad psíquica, igualdad ante la ley, a no ser juzgado por comisiones especiales, derecho a la honra, y la inviolabilidad de las comunicaciones, por lo que solicita a la Corte tomar las medidas adecuadas para reestablecer el imperio del derecho.

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