Con voto en contra.
Tricel rechaza por inadmisible reclamación de nulidad deducida contra las elecciones internas del PRI.
El fallo expresó que lo reclamado, esto es, la sentencia del Tribunal Supremo, que procede a la calificación electoral de las elecciones internas, no cumple con los presupuestos procesales para su admisibilidad.

El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), rechazó una reclamación de nulidad respecto de las elecciones internas de dicho Partido Político, deducida por un miembro del Tribunal Suprema del PRI.
Cabe recordar que el reclamante alegó que el proceso de elecciones internas del Partido Regionalista Independiente Demócrata se he conducido y realizado con un marco establecido por un Instructivo de Elecciones Internas que, a lo menos inicios de agosto de 2020 (momento de las elecciones), no había sido aprobado ni sancionado por el SERVEL. Así, todo el proceso de elecciones internas se ha realizado con un Instructivo que no tiene los requisitos legales respecto del SERVEL, además del hecho gravísimo que sólo dos miembros del Tribunal Supremo participaron en su aprobación, arrogándose así la representatividad de tan importante órgano partidario, aprobando reglamentos o instructivos, dictando resoluciones y calificando elecciones generales del partido, sin cumplir lo mínimo que señala expresamente la Ley.
Además, adujo que el mencionado Instructivo de Elecciones Internas, contraviene gravemente los Estatutos del Partido, toda vez que impuso a los Candidatos a Consejeros Regionales y Consejeros Generales la obligación de presentar sus candidaturas a través de listas, cuando el Estatuto del Partido establece expresamente que, por la naturaleza de estos órganos, las candidaturas a consejeros regionales y generales son de carácter individual. Así se ha producido de facto una modificación al Estatuto del Partido, para lo que sólo el Consejo General tiene facultades y no el Tribunal Supremo.
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