Tutela laboral.
Corte de Talca rechaza recurso de nulidad interpuesto en contra de sentencia que desestimó denuncia de vulneración de derechos laborales y demanda subsidiaria por despido injustificado e improcedente y cobro de prestaciones laborales.
La resolución señala que el recurrente debe ser claro y exacto al describir los vicios que atribuye al fallo.

El Tribunal de alzada indica que si bien el recurso de nulidad se funda en la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, mezcla su fundamentación con argumentos propios del motivo de la letra e) del citado precepto, el cual no fue invocado por el recurrente.
A su vez, sostiene que, al alegarse una vulneración a los principios de la lógica, en la especie los de no contradicción y de razón suficiente, la impugnación debió exponer pormenorizadamente la forma en que el juez a quo atentó contra ellos y, seguidamente, cómo afectó en lo dispositivo del fallo, de manera de evidenciar que, de no haber ocurrido dicha vulneración, la decisión hubiese sido otra.
Agrega que la infracción alegada debe tener el carácter de manifiesta, vale decir, debe aparecer de la sola lectura de la decisión impugnada, lo que no ocurre en la especie, ya que del análisis de los antecedentes se advierte que el razonamiento del sentenciador es coherente, en atención a la naturaleza y objetivos de la tutela laboral y de las circunstancias establecidas en autos, para alcanzar sus conclusiones.
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